Condiciones de Aprobación del Proyecto
Artículo 19. Se considera aprobado el
proyecto cuando el estudiante haya cumplido las siguientes condiciones:
v Haber obtenido la calificación
mínima de dieciséis (16) puntos al concluir el trayecto.
v Presentar ante las evaluaciones
del proyecto un informe oral y escrito de la sistematización del desarrollo del mismo.
Artículo 20. La evaluación del proyecto y
demás componentes del Desarrollo Curricular serán continuas, acumulativas y
permanecen durante el trayecto de formación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario