Criterios para la Evaluación del Proyecto
Artículo 15. Los criterios para la
evaluación del desarrollo del proyecto son los siguientes:
v Pertinencia y vinculación
integral e integradora con las comunidades y las necesidades socio-productivas,
socio-comunitarias y socio-tecnológicas con visión territorial.
v Participación activa en el
desarrollo de las fases de los proyectos.
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