Evaluadores del Proyecto
Artículo 16. De conformidad con las
características de la evaluación establecidas en el artículo 4 del presente
instrumento, los participantes del proceso de evaluación serán:
v La o el estudiante representante
del proyecto.
v Un representante del consejo
comunal, organización comunal o social e institución pública o privada en el
área del proyecto.
v Un representante institucional u
organización del área del proyecto.
v La o el docente-asesor
responsable del proyecto.
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